Aplazado el IBAN hasta el 1 de Agosto
Con fecha 9 de Enero de 2014 la Comisión Europea ha elevado una reforma del Reglamento que desarrollaba una nomenclatura común de cara a unificar los pagos en la Unión Europea. (http://ec.europa.eu/internal_market/payments/docs/sepa/1401069_proposal_en.pdf)
El Reglamento ( UE) n º 260/2012 establece los requisitos técnicos y comerciales comunes para transferencias y adeudos domiciliados en euros de cara al establecimiento de una zona única de pagos en euros (SEPA ) . Dicho Reglamento establece 01 de febrero 2014 como la fecha final de la zona euro para el establecimiento y cambio de los tradicionales sistemas de numeración de cuentas bancarias de cada país a un sistema común denominado IBAN.
Según las últimas estadísticas del Banco Central Europeo, la implantación de este sistema arrastra un retraso considerable, razón por la cual ha levantado temores en los sectores financieros, los cuales han avisado de los problemas que podrían ocasionarse como consecuencia de la implantación del sistema.
Como consecuencia de dichos temores se ha elevado una propuesta al Parlamento Europeo que habrá de ser aprobada y posteriormente traspuesta a los estados miembros que permitirá seguir usando el tradicional sistema de numeración bancaria en vez del IBAN.
Así pues entre el 1 de Febrero y el 1 de agosto, podrán utilizarse para realizar transferencias y cargar recibos, ambos número: el IBAN y el CCC tradicional. Los banco se encargarán de hacer la conversión del CCC al IBAN. Afortunadamente la Comisión ha tenido en cuenta este aspecto y ha dejado claramente regulado que las instituciones financieras no podrán cobrar ningún cargo-comisión por dicha conversión